Mocion Para Retirar Una Peticion Culpable Avanzar con Confianza

MOCIÓN PARA RETIRAR UNA PETICION CULPABLE BAJO LA SECCIÓN 1018 DEL CÓDIGO PENAL

La sección 1018 del Código Penal permite que un acusado pueda convidar para retirar una declaración de culpabilidad o no impugnación en cualquier momento antes de la sentencia o dentro de los seis meses posteriores a la orden de concesión de libertad condicional (si se suspende la sentencia) por una buena causa demostrada. Se muestra “Buena causa” si el acusado establece que actuó en “error, ignorancia, inadvertencia o por cualquier otro factor que sobrepase el juicio libre y claro de un acusado”. Otros factores que pueden considerarse una buena causa de alivio bajo esta sección incluyen las declaraciones presentadas por fraude o bajo imposición.

Existen requisitos estrictos de tiempo para presentar una moción de conformidad con la Sección 1018. Una moción de conformidad con esta sección debe presentarse: (1) antes de la sentencia o (2) dentro de los seis meses posteriores a la orden de concesión de libertad condicional si se suspende la entrada de la sentencia. Si recientemente se declaró culpable, y ahora siente que tiene una buena causa para retirar esa declaración, es importante contratar a un abogado con experiencia en alivio posterior a la condena para ayudar a determinar si una moción para retirar una declaración de culpabilidad según la Sección 1018 del Código Penal es apropiada.

Verdadero ejemplo de moción exitosa para retirar una súplica bajo la Sección 1018 del Código Penal por parte de las Oficinas Legales de Anastacio De La Cruz resultando en un resultado de inmigración favorable. Crimmigracion. Crim-Imm. *

En 2017, el “Sr. Black” estaba preocupado por las posibles consecuencias de inmigración que pudieran resultar de su cargo de delito menor, su abogado defensor penal le aconsejó al “Sr. Black” consultar con un profesional legal que estaba bien versado en las leyes de inmigración y las consecuencias específicas de este cargo. El “Sr. Black” consultó con un notario público (comúnmente conocido como "notario", similar a un abogado en México) y le comunicó a su abogado el consejo dado. Lamentablemente, el consejo dado de que una condena por un delito menor no llevaría consecuencias migratorias fue incorrecto y el “Sr. Black” fue arrestado por los oficiales de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) poco después. Las Oficinas Legales de Anastacio De La Cruz fueron retenidas para el alivio posterior a la condena, y después de analizar los hechos del caso y la ley pertinente, se presentó una moción para retirar la declaración de conformidad con las Secciones 1018 del Código Penal. Se le proporcionó evidencia al Ministerio Publico de la mala supervisión y que las preocupaciones de inmigración se contemplaron en el momento de la declaración. Después de demostrar evidencia contemporánea al momento de la declaración (los lazos familiares y comunitarios que demuestran que el cliente no se habría declarado culpable a sabiendo que esa violación específica, si hubiera sido informado de las verdaderas consecuencias de inmigración), la fiscalía no se opuso a la moción de la Sección 1018 del Código Penal para retirar la declaración de culpabilidad y las Oficinas Legales de Anastacio De La Cruz pudieron negociar con éxito un cargo neutral de inmigración.

Este es un ejemplo de la intersección entre la ley penal y de inmigración, se conoce como crim-imm o "crimigración" y es un punto focal de la práctica legal del Sr. De La Cruz

*Solo se ha cambiado el nombre del cliente. La oficina legal de Anastacio De La Cruz tiene una tasa de éxito de más del 90% en la resolución de casos posteriores a la condena a la satisfacción de sus clientes.

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